INICIOS DE LA ORDEN DEL TEMPE EN ARAGON.
La Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, comúnmente conocida como los Caballeros Templarios o la Orden del Temple fue una de las más famosas órdenes militares cristianas . Esta organización se mantuvo activa durante poco más de dos siglos. Fue fundada en 1118 por nueve caballeros franceses liderados por Hugo de Payens tras la Primera Cruzada.
Su propósito original era proteger las vidas de los cristianos que peregrinacion a Jerusalen
tras su conquista.
Aprobada de manera oficial por la iglesi catolica
en 1129, la Orden del Templo creció rápidamente en tamaño y poder. Los Caballeros Templarios empleaban como distintivo un manto blanco con una cruz roja dibujada. Los miembros de la Orden del Templo se encontraban entre las unidades militares mejor entrenadas que participaron en las Cruzadas.
Los miembros no combatientes de la orden gestionaron una compleja estructura económica a lo largo del mundo cristiano, creando nuevas técnicas financieras que constituyen una forma primitiva del moderno banco, y edificando una serie de fortificaciones por todo el Mediterráneo y Tierra Santa.
"Los datos historicos que se nombran a continuación son necesarios para el conocimiento del porque de ciertos nombres o/y hechos"
El éxito de la Primera Cruzada se extendió rápidamente por los reinos de Europa. El mismo rey de Aragón, Pedro I, al frente de un numeroso grupo de caballeros hispanos, se disponía a marchar a Palestina, cuando el pontífice les recordó la obligación de defender su propia tierra de los almorávides.
El ideal cruzado llevó al rey
Pedro I a sitiar Zaragoza. Antes de abandonar su asedio, en el mes de julio de 1101, fortificó a 5 kilómetros de Zaragoza el lugar de “Deus o vol” (hoy en día, Juslibol), grito de guerra cruzado.
La muerte de Pedro I en 1104 , dicen que de la tristeza que le produjo ver morir a sus dos hijos en 1103, hizo que su hermano,
Alfonso I fuera coronado rey de Navarra y Aragón.
Alfonso I no estaba llamado a ser rey, ya que fue el segundo hijo del segundo matrimonio de su padre, el rey
Sancho Ramírez con Felicia de Roucy. Es probable que en su juventud visitara a su familia materna al otro lado de los Pirineos, llegando a tener una fuerte amistad con los que luego serían sus aliados en los campos de batalla como su primo Rotrou II, conde de Perche, y de Gastón de Bearn. De entonces datan también las amistades con Castan y Lope Garcés Peregrino entre otros.
El ideal cruzado que vivió Alfonso I ya desde niño marcó toda su vida y trayectoria como rey. Todas las empresas del monarca estuvieron encaminadas a la toma de Tortosa y Valencia, desde donde podría embarcar sus tropas hacia Jerusalén. Este afán llevó a que más de 25.000 Km2 fueran reconquistados durante su reinado, ganándose el sobrenombre de “El batallador”.
Zaragoza (Al-Bayda, “La Blanca, La augusta”), pieza clave para conseguir sus objetivos, capituló el 18 de diciembre de 1118, después de que el Papa hubiera proclamado su conquista como una nueva cruzada en el
Concilio de Toulouse (1118). A esta empresa contribuyeron caballeros llegados de la Primera cruzada, entre ellos Gastón de Bearn, que había participado en la conquista de Jerusalén. Por su inestimable ayuda, dirigiendo la construcción de máquinas de guerra, fue nombrado señor de Zaragoza por Alfonso I.
Es probable que en los contactos con Gastón de Bearn, el Obispo Esteban de Huesca y Lope Garcés Peregrino (añadió a su denominación la de peregrino tras su estancia en Jerusalén) el monarca tuviera conocimiento de las actuaciones de los monjes guerreros en Palestina, ya que todos ellos habían participado en la Primera cruzada.

Fascinado por estas historias, el rey no dudó en imitar estos movimientos, fundando él mismo Órdenes similares en su reino. En 1122, fundó la
Militia Christi, primera orden militar de España, a semejanza de la Milicia de Jerusalén, según carta del Arzobispo Guillermo de Aux, para someter a los sarracenos y abrir un camino a Jerusalén pasando el mar.

Los cofrades y sus bienhechores recibieron beneficios de cruzada. La Militia Christi, tuvo una primera base en la recién fundada ciudad de Monreal. Posteriormente, se le asignó el castro de Belchite, por mano del rey Alfonso VII de Castilla en 1136, quien la llama Militia Caesaraugustana y confirmando a López Sanz como rector de la misma.
Esta orden fue integrada en la Orden del Temple por la Concordia de Gerona en 1143.
Muertos frente al enemigo Gastón de Bearn y el Obispo Esteban el 24 de mayo de 1130, la viuda de Gastón, Talesa (prima carnal de Alfonso I), cumple la última voluntad de su marido: dejar a la milicia del Temple, para que pudiera proseguir la reconquista, todas las tierras que tenía en Zaragoza y en Sauvelade. Ya Lope Garcés Peregrino, junto con su esposa, había dejado parte de sus bienes para después de su muerte “al Altar del Santo Sepulcro” y “al hospital de Jerusalén” en 1120.
Alfonso I, preocupado por su sucesión, dictó su primer testamento en el asedio de Bayona en octubre de 1131, e hizo que lo firmaran y acataran la mayor parte de los tenentes del reino. Este testamento fue confirmado el 4 de septiembre de 1134, tres días antes de su muerte.

El testamento de Alfonso I "El Batallador":
"…Para después de mi muerte, dejo como heredero y sucesor mío al Sepulcro de Señor que está en Jerusalén y a los que lo custodian y sirven allí a Dios; y al Hospital de los pobres de Jerusalén; y al Templo de Salomón con los caballeros que vigilan allí para defender la cristiandad. A estos tres les concedo mi reino. También el señorío que tengo en toda la tierra de mi reino y el principado y jurisdicción que tengo sobre todos los hombres de mi tierra, tanto clérigos como laicos, obispos, abades, canónigos, monjes, nobles, caballeros, burgueses, rústicos, mercaderes, hombres, mujeres, pequeños y grandes, ricos y pobres, judíos y sarracenos, con las mismas leyes y usos que mi padre, mi hermano y yo mismo tuvimos y debemos tener..."
Fragmento del Testamento de Alfonso I.

La derrota de Fraga y la muerte de Alfonso I produjeron un pánico excepcional en Aragón. La línea fortificada de separación con los musulmanes retrocedió en algunos puntos hasta donde se encontraba en el siglo XI.
Era impensable que las Órdenes militares pudieran ponerse al gobierno de los reinos de Navarra y Aragón, además de que el testamento de Alfonso I era contrario a las normas jurídicas navarro-aragonesas, ya que las tierras de Aragón, Pamplona, Sobrarbe y Ribagorza eran patrimoniales, por lo que debían pasar a la familia del difunto. Tan solo podía disponer de los acatos como era el caso del regnum Caesaraugustanum. Por otro lado, perjudicaba también los intereses de la nobleza, ya que chocaba con el usus terrae.
Hay que recordar que el primer testamento data de 1131 y la Orden del Temple recibió sus estatutos en 1128 con lo que sorprende hasta qué punto las cruzadas marcaron la vida del monarca al testar a favor de instituciones tan nuevas. Al igual que el resto de órdenes beneficiadas por el testamento eran extranjeras, no nombró herederas a las órdenes que él mismo había fundado.
El primer resultado de este testamento fue la fragmentación definitiva entre los reinos de Navarra y Aragón. Los navarros se apresuraron a proclamar rey a García Ramírez, descendiente de la monarquía histórica pamplonesa. Por otro lado los aragoneses coronaron a
Ramiro II. Dada su condición de monje, para lograr el reconocimiento de los nobles, tuvo que buscar a alguien que ejerciera en su nombre. Los esponsales de su hija Petronila de tan solo dos años con el Conde de Barcelona Ramón Berenguer IV solucionaron el problema.
Ramón Berenguer IV adoptó el título de príncipe de Aragón, el de rey lo mantuvo Ramiro II hasta su muerte, y se apresuró a pactar con las Órdenes beneficiadas por el testamento de Alfonso I. La Orden del Temple fue la más beneficiada. Mediante la Concordia de Gerona, (27 de noviembre de 1143), renunció a sus derechos al trono de Aragón a cambio de los
castillos de Monzón, Mongay, Chalamera, Barberá, Remolinos y la promesa de Corbins (cuando fuera conquistado) y otros muchos privilegios como la promesa de entregarles la quinta parte de las tierras arrebatadas a los musulmanes. En el mismo acuerdo, la Milita Christi o Militia Caesaraugustana, que había recibido el castro de Belchite, de manos de Alfonso VII, fue incorporada al Temple.La concordia fue ratificada mediante Bula de Eugenio III (30 de marzo de 1150) y luego por el papa Adriano IV en 1158.
Una vez asentados en Aragón, los templarios participaron activamente tanto en la reconquista como en la defensa de las fronteras. Junto con las tropas de Ramón Berenguer IV Conde de Barcelona y príncipe de Aragón sitiaron Tortosa, colaboraron en la ocupación de Lérida y dirigieron el sitio del castillo de Miravet. En Miravet los musulmanes contaban con un rivat o rábita, combatientes islámicos encerrados en un convento fortificado dispuestos a morir antes que a rendirse, al que debe su nombre M´ravit (algunos historiadores creen que estos rivat pudieron ser el precedente de los monjes guerreros cristianos).
Por todas estas actuaciones fueron generosamente recompensados, recibiendo varias posesiones entre las que destaca el castillo de Miravet. Las donaciones, por los servicios prestados, de Ramón Berenguer IV continuaron a lo largo de su vida. A su muerte (1162) se puede afirmar que los templarios estaban plenamente asentados en el reino de Aragón, participando activamente en la vida política del mismo.

Alfonso II, rey de Aragón y conde de Barcelona, continuó desde el año 1163 la ofensiva aragonesa en la margen derecha del río Ebro, conquistando la mayor parte de las actuales tierras turolenses. La colaboración decisiva de los templarios en estas conquistas es nuevamente agradecida por la monarquía aragonesa, recibiendo compensaciones económicas y posesiones como el castillo de Orta de San Juan.

No obstante, Alfonso II, al igual que lo hiciera su abuelo Alfonso I, insistió en formar una milicia netamente hispana. Así que cedió a la orden de Montegaudio, fundada en 1173 en tierras leonesas, el lugar de Alfambra, cabecera desde entonces de esta nueva milicia. Esta nueva milicia, que contó pronto con bienes incluso en Palestina, recibió importantes donaciones por parte del monarca aragonés. Con la unión de El Hospital del Santo Redentor, fundado en Teruel por Alfonso II, y la orden de la Alfambra, pasó a conocerse como Orden del Santo Redentor de la Alfambra. Incorporaron también a sus dominios Castellote y en 1194 el monarca les cedió el desierto de Villarluengo.
Sin embargo, Alfonso II aprobó en 1196 que todas las posesiones en Aragón recibidas por la orden de la Alfambra pasaran al Temple. Todas estas nuevas posesiones fortalecieron el poder del Temple en la frontera con el reino moro de
Valencia, conociéndose aún esta zona de Aragón como “El Maestrazgo”. La acción de los monjes guerreros fue decisiva para asegurar la defensa del reino de Aragón frente a los ataques valencianos.
Alfonso II tuvo un destacado papel en el Midi francés, incorporó a la corona el condado de la Provenza en 1166 y posteriormente ocupó Niza, donde numerosos señores languedocianos le prestaron fidelidad y homenaje.
En el reinado de
Pedro II ”El católico”, los fondos de la Corona estaban agotados con lo que recurrió con frecuencia a préstamos tanto de judíos, como a reyes vecinos y templarios para armar sus expediciones. Los vasallos del Midi francés imploraban la protección del rey de Aragón frente a los ataques de los cruzados convocados por el papa Inocencio III para poner fin a la herejía albigense.
La invasión almohade hizo necesaria la intervención de Pedro II, que acudió a la ayuda de
Alfonso VIII de Castilla junto con un ejército formado por gentes ultrapirenaicas, aragonesas y catalanas. Es probable que en esta expedición acudieran templarios aragoneses, pero no hay constancia documental.
Pedro II regresó de la batalla de las Navas como gran vencedor. El aumento de su fama hizo que sus vasallos del Midi francés imploraran con más fuerza su presencia ante la masacre que estaban realizando los cruzados al mando de Simón de Montfort. Esta situación colocó a los templarios aragoneses entre la espada y la pared: por un lado la lealtad a su rey y por otro su voto de obediencia al Papa.
Los templarios no acompañaron a Pedro II a la defensa de sus vasallos del Midi. No obstante, tras la tragedia de Muret (1213) donde perdió la vida, acogieron a su heredero
Jaime I tras negociar con el Papa. Este fue instruido por los templarios en el castillo de Monzón. De esta manera se truncaba la posibilidad de lograr la consolidación de los territorios ultrapirenaicos de la Corona de Aragón.
Pedro III, hijo de Jaime I, sucedió a su padre en 1237. La conquista de Sicilia (1282), feudo de la Santa Sede, provocó la excomunión del mismo, la puesta en entredicho de sus reinos y la cesión de éstos a la Corona de Francia. Los templarios, de nuevo, se veían ante una difícil situación: la obediencia al Papa o la fidelidad a la Corona de Aragón, que tan generosa había sido con ellos. Oficialmente no se opusieron a la voluntad papal, pero sirvieron fielmente a Pedro III. Dirigidos por Berenguer de Sanjust (Comendador de Miravet), los templarios catalanes y aragoneses protegieron el reino contra los invasores junto al ejército de Pedro III, a pesar de que estos venían contra la Corona Aragonesa en nombre del mismo Papa.
Tras la acción relámpago del estado francés (octubre de 1307) contra los templarios y las confesiones bajo tortura de sus miembros detenidos por delitos como: ritos idolátricos, sodomía y prácticas blasfemas, el papa Clemente V ordenó a los príncipes cristianos el arresto de todos los miembros de la Orden del Temple.
En principio, Jaime II, rey de Aragón desde 1291, se negó a las pretensiones del monarca francés "Han sido siempre fieles a nuestro servicio reprimiendo a los infieles.” No obstante, cambió al poco de postura iniciando el proceso contra los templarios en la Corona de Aragón. Algunos castillos como el de Peñíscola se rindieron sin apenas resistencia. Otros, sin embargo, se apresuraron a tomar las armas para defender su inocencia.
La fortaleza de Cantavieja resistió el asedio de las tropas reales desde enero hasta agosto de 1308, solicitando finalmente el indulto de los sesenta defensores de la misma. Castellote, el castillo de Villel, la Alfambra y Miravet, que capituló en diciembre, fueron cayendo ante el ejército real. Tan sólo quedaba Monzón, donde la situación de su castillo le confería un carácter inexpugnable. El 24 de mayo de 1309 se rendía el castillo de Monzón tras haber agotado sus defensores sus fuerzas.

Las crónicas de los Jueces de Teruel nos informan de estos hechos:
En este año fue destruido el Temple y el Papa Juan XXII dio la sentencia en Viana y fizieron estrado y vestidos de duelo porque destruian tan alta orden y fueron vestidos de maregas; aquel año fueron sobre Villel et todos los otros lugares de los templeros destruidos et cercados.

El 22 de mayo de 1312, el papa Clemente V decretó la abolición de la Orden del Temple. Poco después reconoció la posibilidad de juzgar a los consejos provinciales de la Orden por separado, a excepción de Francia.
Los templarios de la Corona de Aragón fueron encontrados inocentes el 7 julio de 1312 en el Concilio de Tarragona. Sus posesiones pasaron a la
Orden del Hospital, excepto las posesiones del Temple en Valencia, donde se creó la Orden de Santa María de Montesa con el objeto de defender la frontera del reino.

acontinuacion se han traducido tres textos:

El Primero: " DOCUMENTO DE MONTE ARAGON".

El Segundo: " 27 DE NOVIEMBRE. CONCORDIA DE GIRONA".

El Tercero: " 30 DE MARZO. LETRAN. BURLA DE EUGENIO III"

TEXTOS:

Alfonso VII de Castilla confirma la milicia Cesaraugustana, y a su rector Lopez Sanz en el Concilio de Burgos. Al mismo tiempo los obispos reunidos en Burgos, confirman los privilegios concedidos en un sínodo anterior


CRISMÓN. En el nombre de nuestro Señor Jesucristo, amen. Yo Alfonso, Emperador de Hispania por la Gracia de Dios, juntamente con mi esposa, la reina Berenguela, con el consejo y autorización de los arzobispos, obispos, abades, príncipes, condes de todo mi reino, hago y confirmo esta carta, al servicio de Dios y a la cofradía de la milicia cesaraugustana, según se contiene escrito más abajo.
Damos gracias a la más alta e inefable sabiduría de toda la Trinidad, que nos ha visitado con la luminosa claridad de su ilustración y el ángel de su consuelo desde lo alto ha movido nuestros corazones a su misericordia.
Ciertamente los corazones de nuestra humildad se han conmovido por la opresión de la cristiandad fraterna que por la superstición altanera y vana de los gentiles se ve afligida en exceso. Y así, para que se difundan y brillen los misterios de nuestra sagrada fe de manera irrefrenable mediante los sacramentos venerables de la cruz de Cristo. Para que no destruyan a algunos de los nuestros con el intolerable suplicio de la cautividad hasta la muerte, o degraden irremediablemente a otros con el golpe de la espada punzante, o que sometan a otros con el cuerpo roto y sin piedad por medio de los campos.
Decretamos contando con la gracia divina y con la dignidad imperial, por mi redención y la de mis padres, para conservar y guardar y acrecentar el pueblo cristiano y para detener y destruir la invasión y soberbia de los infieles paganos, establecemos la milicia de Cristo y fraterno ejército de los cristianos en Cristo, en Hispania, en el castro que se llama Belchite, o en otro que agrade a los cofrades, según a ellos y a nos parezca mejor, para que allí sirvan a Dios y desde allí ataquen a los paganos en todos los días de su vida.
Sin embargo, sobre este ejército de Dios y milicia de Cristo, me hago a mi mismo, en nombre de Dios, príncipe, cofrade y defensor, y después de mi nombro y confirmo como príncipe y rector de ésta a Lope Sanz, para que gobierne el propio ejército de Dios y milicia en Cristo y lo guarde y conduzca, pero nunca en delante a favor mío contra los cristianos, sino que los que han de servir en él permanezcan libres e ingenuos de todo servicio mío.Y en esa libertad permanezcan todos los que quisieren servir aDios durante toda su vida.
Que todo lo que pudiesen adquirir allí contra los paganos en adelante, en dinero o en propiedades, y cualquier yermo, dondequiera que sea, que puedan poblar, todo se lo concedo y otorgo, de manera que tengan y disfruten por Dios esas posesiones y en ellas sirvan a Dios.
Que no me den nunca la quinta, sino que quiero y concedo que el mismo supradicho rector de la cofradía reciba y allí distribuya a los servidores de Dios como mejor parezca.
Que tengan y posean libremente para siempre las ciudades, castillos y villas y todas las cosas que por su esfuerzo e ingenio pudieren adquirir.
Mando y ordeno que tengan dos mercaderes a su servicio, que no paguen lezda ni otro usático en mi reino.
Que los cofrades no tengan nunca paz con los paganos, sino que procuren perturbarlos y atacarlos todos los días, excepto a quienes estuviesen bajo servidumbre de los cristianos, y de la misma manera aquellos cristianos que tengan bajo su mano el poder de las ciudades, castros o villas en que habitan las tengan en paz.
Si alguno de los cofrades supradichos cometiera injuria contra alguien, mandamos y ordenamos que antes de que le tomen prendas o se le inquiete de cualquier modo, venga ante los supradichos cofrades en el lugar donde estuviesen en comunidad y sea juzgado según el fuero de ellos.
Pero si aquel que es reo rehusare, sea expulsado de la comunidad y no sea defendido por ellos en adelante. Pero además, si alguien se atreviera a tomar prendas contra alguno de los cofrades o perturbare de cualquier modo, pague V mil moravedies del oro más puro y sea tenido por todos como ladrón y sacrílego.
A esta cofradía de Dios, por la redención de mis pecados, doy y entrego una parte de mis posesiones y facultades y quiero y ruego que todos, tanto obispos como condes o príncipes y todos los hombres buenos, clérigos y laicos hagan lo mismo con mano generosa.
SIGNO DE ALFONSO
EMPERADOR DE HISPANIA
Yo, Alfonso, Emperador, mandé hacer esta carta, confirmé y rubrique de propia mano en el segundo año desde que primeramente tomé la corona del imperio en Leon.
Hecha esta carta en Burgos, III nonas octubre. Era Mil CLXXIII (1136), Reinante Alfonso Emperador en Toledo, Zaragoza, Najera, Castilla, León y Galicia.
Son testigos de la carta de esta cofradía todos los arzobispos, obispos, condes, príncipes, que estuvieron en el concilio, que celebró el cardenal legado de la sede apostólica Señor Guido en Burgos,
(columna izquierda)
Conde Rodrigo Martínez, testigo.
Conde Rodrigo Gonzálvez, testigo.
Conde Rodrigo Gomez, testigo.
Conde Gonzalo Pelagius, testigo.
Lupo Conde de Nagara, testigo.
(columna media)
Guterr Fernando, mayordomo, testigo.
Rodrigo Fernando, su hermano, testigo.
Ramiro Frolez de Astorga, testigo.
Guterr Petrez de Laorca.
Amalrico, alferez, testigo.
(columna derecha)
Diego Moniz marino de Carrión.
Miguel Felizes marino de Burgos.
(abajo)
S[IGNO] + DEL CONDE RAIMUNDO:

(Parte derecha del documento)
CRISMÓN. En nombre de la santa e indivisa Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Mediante convocatoria y mandato del emperador leonés Alfonso se celebró la asamblea y sínodo de los obispos en Burgos, a 4 de nonas de octubre, en el que preside el Señor Guido cardenal diacono de la Iglesia Romana , legado de la sede apostólica, al que asistió D. Raimundo, primado y arzobispo de la sede toledana, D. Diego, arzobispo compostelano, Pelayo, arzobispo de Braga, Pedro, obispo de Segovia, Bertrán, obispo de Osma, Bernardo, obispo de Sigüenza, Miguel, obispo de Tarazona, Guillermo, obispo Caesaraugustano, Jimeno, obispo de Burgos, Pedro, obispo de Palencia, Pedro, obispo de León, Alfonso, obispo de Oviedo, Iñigo, obispo de Avila, Berenguer, obispo de Salamanca, Bernardo, obispo de Zamora, Roberto, obispo de Astorga, Guido, obispo de Lugo, Martín, obispo de Orense, Pelayo, obispo de Tuy, Bernardo, obispo de Coimbra, Arnaldo, obispo de Olorón, Bernardo, obispo de Tarbes, Juan, obispo electo Portucalense; también abades Domingo de Sahagún, abad Florencio de Valverde, Juan de Santo Domingo, Cristóforo, abad de Oña, Abrio de San Pedro de Eslanza, Pedro de San Emiliano, Pedro de Cardeña, Pelayo [de San Salvador] de Celanova, Martín Espinarense, Pelayo, de San Pedro de los Montes, y en presencia de otros muchos abades, priores y otros hombres religiosos que estuvieron presentes en el santo y general concilio de Burgos.
Y así, los citados obispos, según habían sido convocados a ruegos del emperador, para defensa de los cristianos y exterminio de los sarracenos y para defensa de la libertad de la santa iglesia mediante la inspiración del Espíritu Santo, que ilumina a quien quiere y los inspira cuando quiere, decretaron, Que cada cristiano, clérigo o laico que quisiere hacerse hermano de esta cofradía instituida por el citado emperador y por otros rectores de la santa iglesia, y en el castro de Belchite o en otro cualquiera que convenga a esta milicia, militase durante toda su vida a favor de Cristo, para denfensa de los cristianos, hecha la confesión, consiga la remisión de todos sus pecados como la de un militante monacal o heremita.
Quien quisiere servir a Dios durante un año, alcance la misma remisión que si peregrinase a Jerusalen.
Quien debe guardar abstinencia el viernes de cada semana, si durante un mes quisiere servir allí a Dios, alcance la remisión.
Y de igual modo otros días. Si cualquiera enviase en su lugar a alguien, para que haga sus veces en servicio a Dios, el ausente consiga la misma remisión que tuviere estando presente.
Quien de su peculio entregase a los servidores de Dios XII denarios o lo que equivalga a esa cuantía, alcance una remisión de cuarenta días y en aquello, que estando en la cofradía trabajase con fatiga en servicio a Dios, mucho más, y así según sea la donación alcance una remisión proporcional.
Si cualquiera desease hacer alguna peregrinación y militase en esta cofradía por tantos días cuantos estuviese en peregrinación, o enviase allí a otros para servir a Dios, el gasto que debiera hacer en la peregrinación, merezca ser enriquecido con doble remuneración de todos los bienes por el supremo hacedor.
Quienes adquiriesen fielmente las cosas necesarias predicando por las tierras para los trabajos de aquellos participen ellos y sus cosas de la misma remisión. Si cualquier soldado u otra persona en vida o a la hora de morir legase su caballo y sus armas al servicio de Dios en aquella cofradía, obtenga la misma remisión que si la legase al Hospital o al Templo.
Hermanos carísimos, marchad pues con ánimo alegre hacia tan grande gozo de perdón recordando las palabras del Señor: Quien me sigue no anda en tinieblas, y quien pierde su alma por mi causa, la guardará en la vida eterna, y quien no toma su cruz y me sigue, no es digno de mi.
Con igual remisión que la que ha sido liberado de la cautividad el sepulcro del señor y Mallorca y Zaragoza y otras ciudades, se abrirá el camino a Jerusalén por esta parte, con la voluntad de Dios, y será liberada la Iglesia de Dios que todavía esta sometida como sierva en cautividad.
Si alquien, cosa que está lejos, no prestase apoyo a alguno de estos cofrades en algún lugar, siendo amonestado por segunda y tercera vez, a no ser que lo satisficera dignamente, será separado de la iglesia.
Esta carta supraescrita hicieron y confirmaron en tiempo de Alfonso, rey aragonés de ilustre memoria, Bernardo, arzobispo de Toledo y Legado de la Sede romana, Oldegario, arzobispo Tarraconense, Diego, arzobispo Compostelano, Guillermo, arzobispo de Aux, Pedro, obispo de Zaragoza, Esteban, obispo de Huesca, Raimundo Guillermo, obispo de Barbastro, Sancho, obispo de Calahorra, Miguel, obispo de Tarazona, Raimundo, obispo de Osma, Guido, obispo de Lascuarre, Bernardo, obispo de Sigüenza, Pedro, obispo de Segovia, Raimundo, abad de Leire.
Yo, Bernardo, de la iglesia de Lagrasse, indigno ministro y legado de la sede apostólica, confirmo, por la autoridad apostólica, esta cofradía y les concedo la remisión de sus pecados según obediencia de la Iglesia Romana.
Sign+ no del Rey Ramiro
Yo, Guido, cardenal diacono y legado de la Iglesia Romana , por la autoridad de la Iglesia Romana, confirmo este escrito.
(columna izquierda)
Yo, Raimundo, arzobispo de la iglesia toledana y primado de toda España confirmo lo supra escrito.
Yo, Pelayo, arzobispo de la sede bracarense, confirmo este escrito.
Diego, arzobispo por la gracia de Dios de la sede compostelana confirmo este escrito.
Pedro, ministro de la iglesia segoviana, confirmo este escrito.
Miguel, obispo turiasonense, esto mismo confirma y de propia mano suscribe.
Pedro, obispo leonés, confirmo.
Alfonso, obispo ovetense confirma.
Yo, Arnaldo, obispo de Olorón, confirmo.
Yo, Bernardo, obispo Seguntino, confirmo.
Yo, Guido, obispo de Lugo, confirmo.
Yo, Pelayo, obispo de Tuy, confirmo.
Yo, Berenguer, obispo de Salamanca, confirmo.
Yo, Bernanrdo, obispo de Zamora, confirmo.
(columna derecha)
Roberto, obispo de Astorga, confirma.
Bernardo, obispo de Coimbra, confirma.
Yo, Guillermo, obispo de la iglesia Cesaragustana por la gracia de Dios, confirmo.
(dos lineas libres.)
Yo, Bernardo, obispo de Osma, esto supraescrito, apruebo y confirmo.
Martín, obispo de Orense, confirmo.
Jimeno, obispo de Burgos, confirmo.
Iñigo, obispo de Avila, apruebo y confirmo.
Pedro, obispo de Palencia, confirma.
Bernardo, obispo de Tarbes, confirma.
(debajo de ambas columnas)
Yo, Guillermo, arzobispo de la sede Arelatense y legado de la sede Romana, de propia mano, suscribo y confirmo

Ramón Berenguer IV, Conde Barcelona y Señor del reino de Aragón, acuerda con el sínodo de obispos reunido en Girona, la creación de la milicia del Templo en España para expulsar a los sarracenos y concede a los caballeros del Templo los castillos de Monzón, Mongay, Chalamera, Barberá, Remolins y Corbíns, junto con la honor de Lope Sanz de Belchite y otras exenciones y privilegios


La gracia de la inspiración divina y la razón de la piedad aconsejan que los hijos de la Iglesia provean con la mayor intención a la salvación de las almas y a la libertad de la Iglesia Católica.
Por eso yo, Ramón Berenguer, conde de Barcelona y por la gracia de Dios, señor del reino de Aragón, conmovido por la virtud del Espíritu Santo en la potencia de la milicia celestial, a fin de defender la iglesia occidental que está en las Españas, a abatir, vencer y expulsar a la gente de moros, y a exaltar la fe y religión de la santa cristiandad, según ejemplo de la milicia del Templo de Salomón de Jerusalem, que defiende la iglesia oriental con sujeción y obediencia a ella, he determinado constituir una milicia en santa obediencia, según la regla e instituciones de la misma milicia [de Jerusalen], lo cual hace ya mucho tiempo había intentado con grandísimo deseo y de buena voluntad, y para esto había invitado muchas veces y diligentemente por medio cartas y embajadores míos al venerable Roberto, maestre de la milicia de Jerusalem, persona de grandes cualidades y a la comunidad de todos los demás hermanos.
El citado Roberto, maestre, y la comunidad de todos los hermanos, en el capítulo de los hermanos de la milicia en Jerusalem, por la Gracia de Dios accedieron a este mi deseo sobre dicha petición y unánimemente acordaron, y anunciaron con gran misericordia de su parte por cartas y hermanos del mismo Temple la decisión y su acuerdo de buena voluntad de sobre la constitución de la milicia de Cristo en España contra los moros.
Por esto, para exaltar la Iglesia de Cristo, para ejercer el oficio de milicia en la región de España contra los sarracenos, en remisión de mis pecados, en honor de Dios, que honra a los que se honran, para la salvación del alma de mi padre que fue caballero y hermano de la antedicha y santa milicia, en cuya regla y hábito acabó gloriosamente su vida, a tí Roberto, maestre de la citada y veneranda milicia y a tus sucesores y a todos tus hermanos Doy, concedo y entrego en vuestra mano, potencialmente por esta presente escritura, todo el castillo que se llama Monzón y todo el castillo que se llama Mongay, para que los tengais como herencia propia, y poseais por derecho perpetuamente vos y todos vuestros sucesores, por todos los siglos, con todos los territorios y pertenencias y términos de ellos o más abajo existentes y con todos los usos y costumbres suyas, con todas las lezdas y peajes, con todas las tierras cultivadas e incultas, con los llanos y montañas, con los prados y pastos y con todas las cosas pertenecientes a los citados castillos y según mejor y más útilmente se pueda entender a honor de Dios y voluntad de la sobredicha Milicia, sin ninguna retención que alguna persona pueda tener allí.
También del mismo modo os doy el castillo que se llama de Chalamera, y Barberán, con sus territorios y pertenencias y sus términos, y con todas las cosas pertenecientes a los castillos ya citados sin ninguna retención de persona alguna, y os doy el honor de Lope Sánchez de Belchite, según podais convenir con el citado Lope Sánchez como consecuencia del presente acuerdo, y todo el castillo que se llama de Remolins, con todas las cosas a él pertenecientes, cuando la divina clemencia me lo haya entregado a mi poder y todo lo que debo tener en el castillo de Corbins cuando Dios se hubiere dignado devolvérmelo.
Y también del mismo modo os añado todo diezmo de toda mi tierra, o sea, de todos mis réditos, de mis rentas, tanto de todos los productos como de todas las costumbres rectas, y de los derechos judiciales, de los cuales quisierais recibir el diezmo y mil sueldos en Zaragoza cada año.
En todas las cabalgadas o expediciones de vuestros hombres en España, os perdono y os doy la quinta para siempre.
Si acaso acaeciera dar algo de mi honor, venderlo o empeñarlo, que vuestro diezmo permanezca salvo y libre para vosotros.
De todas las cosas que, Dios mediante, pueda adquirir justamente, concedo el diezmo pacífica y libremente.
Y de la conquista de la tierra a los sarracenos os concedo la quinta y todo el diezmo de las cosas que correspondan a mi parte.
Pero si quisierais levantar o construir un castillo o fortaleza contra los moros, os daré diligentemente la ayuda necesaria y mi consentimiento por encima de todas las cosas.
De nuevo convengo con vosotros y os doy mi palabra en la potencia celestial y la fortaleza de Cristo de que en adelante no haré la paz con los moros sin vuestro consentimiento.
Doy y entrego todas las cosas antedichas con verdadero espíritu de devoción y espontánea voluntad, con toda mi integridad, a Dios Omnipotente y a vos, Roberto, maestre y a los hermanos de la citada milicia, así presentes como futuros y de mi derecho lo entrego a vuestro poder y dominio, dando gracias a Dios rey, que os eligió para defensa de su iglesia y os hizo acceder a nuestros ruegos.
Otra vez os doy y concedo que por vuestra propia causa no se reciba ninguna lezda, ningún pasaje, y ninguna costumbre por toda mi tierra.
Si alguna persona laica o seglar intentase remover en algo o en todo la presente escritura de donación, que incurra en la ira del Omnipotente y que además sea atado al vínculo de la excomunión hasta que satisfaga dignamente por tan gran culpa.
Lo cual fue hecho el 27 de Noviembre en Girona, presidiendo el sinodo don Guido, cardenal diácono y legado de la iglesia de Roma, en presencia de todos los testigos suscritos en el año de la encarnación del Señor 1143.
Sea conocido que esta presente donación fue hecha en mano de D. Everando, maestre de la Galia y en mano del venerable Pedro Rovira, maestre de Provenza y de cierta parte de España; y en mano del hermano Otón de San Odmerio y del hermano Hugo de Bezánis y el hermano Pedro de Arzacho y el hermano Berenguer de Ceriñola y el hermano Arnaldo de Forcia.

Lo que sobre los diezmos más arriba se ha establecido, así también lo firmamos, como más arriba se lee, salvo en la donación que se hizo a las iglesias.
Sig+no del Conde Raimundo.
Sig+no de Bernardo, obispo cesaraugustano. Sig+no de Dodón, obispo oscense. Sig+no de Raimundo, por la gracia de Dios, obispo de Vic. Sig+no de Guillermo, electo de Roda. Sig+no de Guillermo, prepósito de Ripoll. Sig+no de Gregorio, arzobispo electo de Tarragona. Berenguer, obispo de la iglesia gerundense. Guillermo, cesaraugustano, sig+no, sacristán. Pedro, abad de Ripoll, salvo el derecho de Santa María. Sig+no de Reinaldo, maestre de la Iglesia de Gerona. Berenguer, abad de San Felices. Sig+no de Pedro, archilevita Barcelonés. Sig+no de Pedro, sacristán Barcelonés. Sig+no de Guillermo, sacristán de Roda.
Sig+no de Arnal Mir, conde de Pallars [Jusá], Sig+no de Artal [III], conde de Pallars [Sobirá]. Sig+no de Bernardo, conde de Cominges. Sig+no de Pedro, conde de Bigorra. Sig+no de Guillermo Raimundo, cocinero. Sig+no de Galcerán de Pinós. Sig+no de Bernardo de Belloc. Sig+no de Pedro Bertrán de Belloc. Sig+no de Ramón de Puyal. Sig+no de Guillén de Cervera. Sig+no de Ramón de Torroja. Sig+no de Ramón Berenguer de Ager. Sig+no de Bernardo Guillén de Luciano. Sig+no de Ramón de Vilademuns. Sig+no de Berenguer de Torroja. Sig+no del abad Fortuño de Montearagón. Sig+no de Poncio, clérigo barcelonés, escribano del conde de Barcelona, que escribió esto.


Eugenio III confirma la concesión hecha a la orden del Templo por Ramón Berenguer, conde de Barcelona y Principe de Aragón, de los castillos de Monzón, Mongay, Chalamera, Barberán, Remolinos y Corbins, así como la honor de Lope Sanz de Belchite, y de ciertas rentas y privilegios

Eugenio obispo, siervo de los siervos de Dios. Amados hijos, Everando maestre del Templo del Señor, y Hermanos de este tanto presente como futuros que profesan una vida regular a perpetuidad.
Somos impelidos por la autoridad de nuestro ministerio e instruidos de los ejemplos de nuestros predecesores los Pontifices Romanos por el hecho de que debemos confirmar con la fortaleza de la sede apostólica aquellos bienes que han sido entregados a los lugares religiosos y a los pobres para el culto divino por los reyes y principes y otros fieles cristianos en tato que contribuyen razonablemente a divulgar la devoción. Por lo cual amados hijos en el Señor, atendiendo con grato asentimiento vuestras justas peticiones, confirmamos a vosotros y a vuestros sucesores, las donaciones y concesiones que se nos dice el Conde de Barcelona, Ramón Berenguer, había hecho al maestro del citado Templo y sus hermanos, según razonablemente se han hecho y constan en el escrito del propio conde, y decretamos que permanezcan –tranquilas y pacificamente-: la donación del castro que se dice Monzón, tambien el castro de Mongay, el Castro de Chalamera, Barberán con todas las pertenencias de los citados castros, el castro que se llama Remolinos, el castro de Corbins con todas sus pertenencias; la honor de Lope Sanz de Belchite; igualmente que se os han de entregar cada año mil sueldos en Huesca y mil sueldos en Zaragoza, a vosotros y a vuestros sucesores, además concedió que tuvierais a perpetuidad la quinta parte que corresponde al citado conde de todas las expediciones que vuestros hombres hagan a España; y también la quinta parte de las tierras de los sarracenos que desde entonces en adelante fuesen capturadas por la divina clemencia, lezdas, costumbre y peajes por toda su tierra según aparecen condonados con motivo de vuestra misión, y algunos otros que se contienen más plenamnete en el mismo instrumento. Igualmente confirmamos a vosostros y vuestros sucesores estas concesiones, incluso de las décimas, que se hicieron con la aceptación del arzobispo de Tarragona y de los venerables obispos hermanos nuestros Bernardo Zaragozano, Dodón Oscense, Ramón Ausonense, Berenguer Gerundense, y Guillermo Rotense, según muestran las firmas de estos.
Si alguna persona eclesiastica o seglar en el futuro, conociendo esta nuestra carta de confirmación, intentase venir temerariamente contra ella, una vez sea advertida por segunda y tercera vez, si no se corrige el perjuicio causado con una justa enmienda pierda el poder y honor y sea reo del juicio divino y conozca la perpetua injusticia. Y sea separada del sacratisimo cuerpo y sangre de Dios Redentor y nuestro Señor Jhesu Cristo y sea sometida al más extremo castigo físico.

Yo, Eugenio, obispo de la sede católica.
Yo, Conrado, obispo sabinense.
Yo, Odón, diácono cardenal de San Jorge junto al velo áureo.
Yo, Teodewino, obispo portuense.
Yo, Octaviano, diácono cardenal de San Nicolas en la Carcel Tulliana.
Yo, Ymaro, obispo tusculano.
Yo, Paparo, diacono cardenal de Adriano.
Yo, Gaurino, obispo prenestino.
Yo, Astaldo, diácono cardenal de San Eustaquio junto al templo de Agripa.
Yo, Guido, obispo ostiense.
Yo, Juan, diácono cardenal de Santa Maria la nueva.
Yo, Gregorio, presbítero cardenal del título Calixto.

CASTILLO DE MONZON:

Situación

El castillo de Monzón se encuentra asentado sobre un cerro de laderas escarpadas en la localidad del mismo nombre, en la provincia de Huesca, a 70 kilómetros de la capital por la carretera de Lérida.









Historia


La primitiva fortaleza musulmana, llamada Monços, fue conquistada por los reyes cristianos y se convirtió en la principal encomienda del Temple. Estuvo en manos de esta orden hasta la desaparición de la misma. Sufrió numerosos asedios a lo largo de su historia. En la colegiata (hoy catedral) de Santa Maria del Romeral, ubicada casi en las faldas del castillo, se reunían las Cortes de la Corona de Aragón. En este castillo fue protegido Jaime I durante su infancia de las luchas internas del reino. Su aspecto exterior es moderno, de los siglos XVII y XVIII.





Descripción

El castillo de Monzón tiene hoy unas murallas construidas durante la Guerra de la Independencia, sin embargo conserva en su parte superior restos de las murallas templarias y de edificaciones del castillo templario, tales como los dormitorios, caballerizas, patio de armas, templo y torre del Homenaje (restaurada).La entrada está flanqueada por dos edificios medievales, la Torre de Jaime I y la capilla, que ejercía también la función de torreón. Dentro de la meseta se halla, aislada en el centro, la torre del Homenaje, probablemente árabe. La Sala de los Caballeros se alínea cinco edificios son independientes y constituyen uno de los más claros ejemplos de castillo de planta irregular dispersa.